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Gobierno habilitó caza nocturna de especies exóticas

Para la ONG Conservación de Especies Nativas del Uruguay el documento aprobado es un decreto “procaza”



El Poder Ejecutivo decretó una serie de modificaciones a la normativa de caza vigente -la Ley 9.481, de ecología y protección de fauna indígena, promulgada en 1935, y el Decreto 164 de 1996, de prohibición de caza de especies zoológicas silvestres-. El nuevo decreto, del martes 26 de abril, entre otras cosas habilita la práctica de la caza deportiva en todo el país menos en Montevideo y autoriza la caza nocturna de especies exóticas habilitadas por la ley. Además, los permisos de caza serán independientes del tipo de arma y ya no se exigirá justificar la autorización del propietario u ocupante del predio donde se llevará a cabo la actividad para obtenerlos.
La nueva normativa, aprobada por los ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca; Ambiente y Turismo, habilita la práctica de la caza deportiva “en las condiciones y con las limitaciones dispuestas en el presente decreto” en todo el territorio nacional a excepción de Montevideo. Asimismo, reduce de tres a un kilómetro el radio de distancia de centros poblados o escuelas rurales en el caso de caza con escopeta de perdigones.

Con relación a la emisión de los permisos de caza, los propietarios u ocupantes de predios rurales podrán conceder permisos en “forma verbal o escrita, sin requerir ninguna formalidad especial” y “su constancia no podrá ser exigida por la autoridad competente como requisito previo al otorgamiento del permiso de caza”. La normativa anterior a esta modificación dictaba que era necesario presentarse ante el Ministerio de Ambiente (MA) con un documento con varios requisitos, entre ellos, especificar las guías de armas, un croquis del campo donde se realizaría la caza y una nota con la autorización del dueño del campo. Además, en el nuevo decreto se establece que los permisos de caza “son independientes de las armas que utilice el cazador”, por lo que “en los permisos de caza no se hará referencia a un arma específica. Para practicar la caza en forma legítima, el arma utilizada deberá estar legalmente registrada y habilitada para dicha práctica. Durante la actividad de caza, el cazador deberá portar el permiso de caza y la guía vigente del arma que utiliza”. Asimismo, se amplían detalles sobre los permisos de caza de control y científica, que deberán ser otorgados por el MA.

Por otra parte, el decreto emitido reduce de 15 a 10 días la vigencia de los permisos de caza deportiva para las especies de pluma de fauna silvestre, y la vigencia de los permisos de la caza comercial de liebre (Lepus sp.) pasa de 120 a 90 días consecutivos. Por último, se plantea que “los permisos de caza deportiva de ciervo Axis axis tendrán una vigencia de 365 días corridos desde su otorgamiento”. De acuerdo a la norma, en ese período se podrán cazar “diez ejemplares (cinco machos y cinco hembras)” y se podrá “trasladar un ejemplar por permiso, con un máximo de dos permisos por vehículo” junto al permiso de caza. “La autoridad competente entregará al solicitante el medio identificatorio para las diez piezas a las que está autorizado”, añade el texto.


“Procaza”

Mauricio Álvarez, presidente de la ONG Conservación de Especies Nativas del Uruguay (Coendu), que ha hecho varias campañas contra la caza en el país, señaló a la diaria que desde la ONG no se “imaginaban para nada este decreto”, al que califican de “un decreto procaza”. “Fue una sorpresa leer en la fundamentación del decreto hablar de la caza como actividad turística a potenciar, de ahí seguramente la firma del Ministerio de Turismo a un decreto de caza”, dijo Álvarez, y agregó: “Es muy triste que Uruguay vaya a contramano del resto del mundo, donde el turismo ecológico y amigable con el medioambiente avanza y el turismo cinegético retrocede. Uruguay anti Natural hace lo opuesto. Si es por facturación, se factura más con el turismo amigable con la naturaleza que con el de gente matando”.

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