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Ley de medios: se aprobó modificación en Rendición de Cuentas con rechazo del FA y Sutel,




Ley de medios: se aprobó modificación en Rendición de Cuentas con rechazo del FA y Sutel, mientras continúa discusión en Diputados

La diaria ( con anexos de RedesFapp)


Publicado el 6 de octubre de 2022

La coalición de izquierda presentó un artículo sustitutivo para evitar que se habilite a los cableoperadores a brindar Internet, pero no prosperó.



El Senado aprobó, en la madrugada de este jueves, el proyecto de Rendición de Cuentas, y con esto quedó firme una nueva redacción del artículo 56 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, inicialmente aprobada en 2014 y conocida habitualmente como ley de medios.


El nuevo texto permite a las empresas cableoperadoras solicitar al Poder Ejecutivo una habilitación para brindar servicios de internet.

A esta resolución se llegó luego de que, por falta de acuerdo entre los socios del oficialismo, no se derogara totalmente la ley, como se planteó desde el Poder Ejecutivo. Y esta idea original, a su vez, surgió a raíz de que la Comisión de Industria de la Cámara de Diputados no llegó a un acuerdo para aprobar una ley nueva, principalmente por diferencias planteadas por Cabildo Abierto (CA).

La habilitación a que las empresas de cable puedan brindar internet causó el rechazo del sindicato de trabajadores de Antel (Sutel), que mediante un comunicado manifestó su “más firme oposición a que este tipo de cambios en la regulación de los servicios de comunicaciones se realicen en el ámbito de Rendición de Cuentas, máxime si se considera que desde abril de 2020 se está discutiendo en Diputados una nueva ley de medios, sin acuerdo y con numerosas críticas”.

Declaracion de Sutel

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Aportes para la discusión de comision técnica de Sutel

También manifestó su rechazo a estos cambios “parciales y a medida de unos pocos”, que además “afectan el patrimonio y soberanía nacional de todos”, en el entendido de que consisten en “la entrega de toda la inversión realizada en despliegue de tecnología” por parte de Antel “y ceder la línea de negocio de datos fijos y acceso a internet a sus competidores”.

La aprobación de ese artículo surgió luego de que el gobierno diera la habilitación para brindar internet a cinco cableoperadores, amparado en una declaración de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). En este contexto, durante la discusión de la Rendición de Cuentas en el Senado, el Frente Amplio (FA) presentó un artículo sustitutivo para sanear la inconstitucionalidad y que no se habilite a las empresas de televisión para abonados a brindar Internet, un servicio que hoy está exclusivamente a cargo de Antel.

La propuesta indicaba que, “a efectos de lograr un sistema equilibrado entre las empresas que conforman los diferentes eslabones de la cadena productiva del sector y de forma de evitar la concentración del poder de dirigir y/o sesgar el acceso a la información, promover la formación ciudadana y garantizar la libre expresión de ideas”, las empresas de comunicación audiovisual “no podrán, a su vez, prestar servicios de telecomunicaciones de telefonía o de transmisión de datos”.

En diálogo con la diaria, la senadora Silvia Nane, promotora del artículo, manifestó que la idea era “evitar la concentración de medios, garantizar la pluralidad de ideas y reivindicar el deber del Estado como garante de esos derechos a través de la regulación”. Manifestó que actualmente el Poder Ejecutivo fundamenta la habilitación a los cableoperadores en sentencias de la SCJ, pero que con este artículo se zanja el planteo del máximo tribunal y “no se pone en riesgo la infraestructura de Antel”, al no permitir “la propiedad cruzada”, que a su vez “es uno de los factores de la concentración de medios de comunicación”. Sin embargo, esta propuesta no obtuvo el aval de la bancada oficialista, y por tanto se descartó.


En paralelo, continúa en discusión en la Comisión de Industria de la cámara baja el proyecto para una nueva ley de medios, una de las prioridades del gobierno. La negativa de la oposición y las sucesivas discrepancias marcadas por CA mantienen trancado el proyecto. En la sesión de este miércoles se alcanzó el acuerdo de que, a partir del 9 de noviembre, comenzará a discutirse cada uno de los artículos, y aquellos que no alcancen el consenso se dejarán para debatir al final.

El diputado del Partido Colorado Martín Melazzi declaró a la diaria que, a su entender, “en 90% del articulado” la coalición de gobierno alcanzará un acuerdo. En tanto, Sebastián Cal, de CA, dijo que aún “no hay” un acuerdo sobre el articulado, pero sí se arregló “empezar una discusión para ir puliendo y pasando en limpio el proyecto”. Además, manifestó que Guido Manini Ríos, senador y líder de su partido, está redactando nuevos artículos para incorporar.

En la versión taquigráfica de la sesión, a la que accedió la diaria, consta que Cal manifestó: “Nosotros no tenemos ningún inconveniente en iniciar cuando entiendan oportuno la discusión del proyecto de ley. Tenemos muchos aportes para realizar; se ha tomado la gran mayoría de los que nosotros hicimos en algún momento, si bien faltan otros”. “Esto no quiere decir que se pueda llegar a un acuerdo en todos los puntos dentro de la coalición ni de la comisión, ni nada por el estilo”, matizó. Antes del 9 de noviembre, se aprovechará la única sesión ordinaria que hay para convocar a delegaciones involucradas en el tema, a pedido del FA.


 


Nueva ley de medios UDELAR:

un proyecto que retrocede en derechos


El 8 de junio el Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República (Udelar), aprobó una resolución en la que advierte acerca del proyecto de una nueva ley de medios, que se encuentra en trámite en el Parlamento. En la resolución, luego de detallar los cambios introducidos en la iniciativa, el CDC expresa que esta «no cumple con los estándares de calidad democrática en materia de comunicación». El Portal de la Udelar dialogó con Natalia Uval, periodista, docente e investigadora de la Facultad de Información y Comunicación de la Udelar acerca de las modificaciones que introduce el proyecto.

Uval señaló la importancia y la necesidad de que en el Estado existan normativas que regulen en distintas áreas, entre ellas la comunicación para evitar efectos indeseados para la democracia y para los derechos de las personas. Sostuvo que si la comunicación se deja librada simplemente al mercado «se terminan generando determinadas inequidades y concentración de la propiedad que luego repercuten afectando a la libertad de expresión y la diversidad en materia de medios». Indicó que existen estándares internacionales que garantizan ciertas regulaciones que favorecen la libertad de expresión y la diversidad en la comunicación. Resaltó que las frecuencias audiovisuales de radio y televisión, que son de uso público, pertenecen a todos por tanto necesitan ser reguladas. «Por ello es necesaria una ley para evitar esos efectos indeseados», añadió. Apuntó que la ley de medios vigente N° 19307, aprobada en 2014, fue creada con este objetivo y aunque fue aplicada en forma parcial, sus aspectos medulares no fueron aplicados porque había mucha resistencia a esta regulación incluso al interior del partido de gobierno de aquel momento, constituyó un avance normativo en varios aspectos. En este sentido indicó que aunque previamente a la ley de medios vigente, Uruguay ya tenía una regulación en materia de adquisición de medios de comunicación, esta normativa estableció límites más bajos a la concentración mediática para favorecer la pluralidad y la diversidad en materia de medios. Uval sostuvo que esta es una condición para garantizar la mayor pluralidad de la comunicación.

Más medios en menos manos

La ley N° 19307, establece en el artículo 53: «Una persona física o jurídica privada no puede ser beneficiada con la titularidad, total o parcial, de más de tres autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión abierta de radio o televisión, ni más de dos para prestar servicios de radiodifusión abierta en la misma banda de frecuencias -amplitud modulada (AM), frecuencia modulada (FM), televisión-, en todo el territorio nacional». En el artículo 16, el proyecto de la nueva ley de medios, incrementa la cantidad máxima de licencias de radio y televisión abierta que puede tener un mismo titular, que pasa en la primera versión del proyecto a ocho, y en la nueva versión a seis. También se elimina este límite para quienes tengan hasta el 30% de las acciones de cada licencia en la primera versión del proyecto y a 20% en la última versión. Asimismo el proyecto cuando fue creado eliminaba todo límite en la cantidad de licencias de televisión para abonados por un mismo titular y en la versión reciente se incorporó un límite de 8 licencias por titular para todo el país (la ley de medios vigente en el artículo 54 establecía este límite en tres para Montevideo y seis para el interior).

Uval indicó que el proyecto en su origen también quita la referencia a la figura de «grupos económicos», que se establece en los artículos 53 y 54 de la ley vigente, aunque esta se reincorpora en la nueva versión del proyecto. Señaló que a pesar de la normativa vigente, en la actualidad existen grupos que están comprando numerosos medios, los reactivan, generan más contenidos, pero esto no garantiza la pluralidad ya que se concentran medios en pocas voces. Acotó que esto sucede en parte porque la Unidad Reguladora de Servicio de Comunicaciones (URSEC), órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, no está aplicando el concepto de grupo económico, bien definido y establecido en la ley vigente. «La URSEC por la vía de los hechos está considerando que nada es grupo económico y por lo tanto está habilitando la posibilidad de que empresas que tienen el mismo capital acumulen muchos medios y de esa manera se sigan concentrando los medios de comunicación en pocas manos, lo que también va en detrimento de la diversidad», explicó Uval.

Añadió que el Proyecto elimina también una serie de disposiciones que tienen que ver con los derechos de las audiencias que introducía la ley N° 19307. Entre ellas se encuentran procedimientos para evitar mensajes discriminatorios, difusión de contenidos de violencia extrema en el horario de protección al menor y disposiciones que regulan la publicidad dirigida a niños y garantizan que las personas en la audiencia puedan opinar sobre los proyectos comunicacionales de las empresas de medios. Uval señaló que el gobierno actual, impulsor del proyecto, argumenta que esos derechos que se consagran en la ley de medios vigente ya están contemplados en la normativa nacional. En este sentido indicó que «manifiestan que no precisamos un capitulo dirigido a las infancias porque eso está contemplado en el código de la niñez y la adolescencia». Sin embargo Uval sostuvo que «eso no es totalmente así». Señaló que en este código hay algunas regulaciones pero las que están en la ley N° 19307 enfocan en forma específica a los medios de comunicación.

Menos protección a las infancias

En el caso del horario de protección al menor puntualizó que si bien hace décadas que en Uruguay existe una franja horaria en la programación de los medios de protección a los niños, el artículo 32 de la ley de medios vigente establece específicamente que tipo de contenidos no pueden emitirse en ese horario y los describe con mucha precisión. Eso evita, como ha sucedido alguna vez en Uruguay, la difusión emitida varias veces en un canal y en todos los medios, de casos de violencia extrema, en los que no es válida la excusa de que se está informando porque ya se había difundido el hecho la primera vez que se emitió la noticia. Ese artículo en la ley de medios actual apunta a evitar casos como estos ya que explicita que no se pueden emitir en ese horario contenidos que muestren violencia extrema sin ninguna intención de informar. Uval señaló que llegaron a haber algunos juicios en este marco en los que se sancionó a canales de televisión. Reflexionó que si el proyecto de la nueva ley de medios en el que se elimina esa normativa, se aprueba, en casos como estos quizás las personas puedan recurrir por alguna otra normativa, como el horario de protección al menor. Sin embargo «en esta reglamentación existen muchos menos elementos, da una definición mucho más general que la ley de medios vigente, se plantea la cuestión de quien define lo que puede o no puede emitirse en los medios en el horario de protección al menor», señaló.

Uval añadió que el proyecto en su versión original también elimina las disposiciones introducidas en la Ley N° 19307 acerca de la libertad de conciencia para los periodistas, que antes no estaba contemplada en la legislación, y la posibilidad de que los autores se nieguen a acompañar con su imagen y con su voz creaciones de su autoría, si fueron modificadas y se cambió sustancialmente su contenido. En cuanto a la objeción de conciencia para los periodistas, esta reglamentación finalmente se volvió a incorporar en la versión más reciente del proyecto. Apuntó que aunque el derecho a la objeción de conciencia es un elemento muy bueno desde el punto de vista normativo y como aspiración, su capacidad de defensa de los periodistas es limitada porque los trabajadores están en una relación desigual desde el punto de vista laboral. «Alguien que depende de su trabajo, ¿que posibilidad tiene de denunciar que su jefe lo censuró cuando lo que va a pasar en ese caso es que pierda su fuente de ingreso en medio de una crisis económica?», reflexionó. «Además el medio es muy chico y se sabe que esa persona hizo la denuncia entonces otros medios no van a querer contratarlo, lo que termina condicionando es la realidad material del trabajo», añadió. Consideró que lo que sí es relevante para los trabajadores de la comunicación y se modifica en el proyecto, es la estructura mediática existente en Uruguay. «Si se sigue promoviendo la concentración de medios como hace el proyecto de ley, la situación laboral es más compleja para los comunicadores, tienen menos empleadores, menos posibilidades de diversidad y menos posibilidades de trabajo en medios diferentes también», sostuvo Uval.

Desinstitucionalización

Resaltó que en el proyecto también se eliminan algunos organismos y competencias creados en la ley de medios actual, como el Consejo de Comunicación Audiovisual, la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual (CHASCA) y la Defensoría del Público, a cargo del Instituto Nacional de Derechos Humanos. Uval señaló que el Consejo de Comunicación Audiovisual, nunca se llegó a instalar. Algunas de sus competencias tenían que ver con dirimir en conflictos cuando algún ciudadano se sentía discriminado o cuando contenidos de una violencia extrema los hubieran afectado, y estos casos eventualmente podía llegar a la justicia. Recordó que en el Parlamento se presentaron algunas propuestas de conformarlo pero esto nunca se votó, además se requerían mayorías especiales para la designación de sus miembros y nunca se lograron concretar. Indicó que por esto el impacto de la eliminación de este organismo en el nuevo proyecto de medios «es más bien lo que podría haber sido ese Consejo, para lo que podría haber funcionado».

Añadió que la CHASCA es una pérdida importante porque es un organismo que asesoraba al Ejecutivo para la asignación de frecuencias, «con su eliminación queda exclusivamente en manos del Poder Ejecutivo la decisión totalmente discrecional de a quien asignarle la frecuencias de radio y televisión», apuntó. Explicó que antes de la ley N° 19307, ese era el procedimiento, pero con la aprobación de esta normativa se estableció a través de la CHASCA por lo menos una instancia técnica de asesoramiento y se la habilitó a opinar acerca de los proyectos que se presentaran. Por tanto «si bien el Poder Ejecutivo igualmente tenía la última palabra, había menos margen de discrecionalidad porque era complejo oponerse sistemáticamente al asesoramiento de la CHASCA». Sin este organismo el Poder Ejecutivo «queda sin este asesoramiento, de manos libres y totalmente discrecionales como antes para seguir asignando frecuencias a su leal saber y entender», subrayó Uval.

En cuanto a la Defensoría del Público, competencia de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), que se elimina en el proyecto de la nueva Ley de medios, Uval entiende que «claramente es una pérdida porque nos perdemos de todo lo que hace a la educación para los medios». Recordó que en realidad la intención de los que crearon la ley vigente no era que la competencia estuviera en la Institución de Derechos Humanos sino que fuera un organismo con presupuesto propio y con una serie de competencias, como sucede en otros países como Argentina. Señaló que lo que se terminó acordando fue que esas competencias estuvieran en la órbita del INDDHH para no crear otro organismo, y la institución nunca tuvo el presupuesto como para desarrollar con fuerza esa tarea tan importante, «que también es educativa para las audiencias y los medios», expresó. En este sentido destacó que la Defensoría del Público permitiría también ver que es lo que se dice y se hace en otros países y tener en cuenta los estándares internacionales en materia de comunicación.

Uval subrayó para finalizar que a nivel de la sociedad, cuanto menos diversidad de medios haya en esta, existirá menos riqueza, menos posibilidad de comprender integralmente la realidad. «Si todos los medios piensan lo mismo, tienen la misma línea editorial, la sociedad es más pobre en términos de lo que conoce y lo que sabe, porque el foco siempre está puesto en los mismos lugares», expresó.


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